México es emplazado a rendir cuentas por la reforma judicial. La CIDH podría examinar el desmantelamiento de la carrera judicial en México y sus consecuencias

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El pasado 20 de marzo de 2026, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó a un grupo de 65 personas juzgadoras que el Estado mexicano ha sido formalmente emplazado para atender la petición que dicho grupo presentó acusando al oficialismo de cometer violaciones graves a derechos humanos mediante la reforma judicial.

De prosperar los planteamientos de la Petición, este procedimiento internacional podría derivar en una declaración de responsabilidad internacional del Estado mexicano por afectar la independencia judicial, desmantelar el modelo de carrera judicial que la sustentaba y vulnerar los derechos laborales vinculados a éste. En términos más amplios, la acusación sostiene que la reforma judicial impactó gravemente a miles de proyectos de vida de personas juzgadoras que fueron cesadas de manera arbitraria.

En el escrito remitido al representante de las víctimas, el abogado defensor de derechos humanos Zamir Andrés Fajardo Morales, la CIDH les informó que el Estado mexicano cuenta con un plazo máximo de cuatro meses para presentar sus observaciones frente a estas acusaciones.

Dada la naturaleza del caso, la Comisión también les informó sobre la posibilidad de aplicar una figura jurídica conocida como per saltum, que en términos simples permitiría diferir el análisis de admisibilidad para resolverlo junto con el fondo del asunto. Esta alternativa se advertiría como probable porque la propia petición denuncia violaciones al acceso a la justicia y a la protección judicial de las víctimas.

En este sentido, la petición sostiene que, desde la aprobación de la reforma judicial, el oficialismo ha intentado impedir que los tribunales nacionales se pronuncien sobre su compatibilidad con los derechos humanos; de acuerdo con la petición, esta estrategia incluiría medidas como la reforma constitucional de inimpugnabilidad, el desacato deliberado a cientos suspensiones judiciales, la persecución penal y administrativa de personas juzgadoras, la concentración de todos los juicios de amparo en tres juzgados de Zapopan, Jalisco, y decisiones recientes de la Suprema Corte que han cerrado cualquier posibilidad de control interno.

En este contexto, la petición argumenta que el Estado mexicano ha bloqueado deliberadamente los mecanismos internos de control, lo que abre claramente la puerta a la intervención de la jurisdicción internacional.

Paradójicamente, la misma estrategia del oficialismo que parecía querer avasallar a las personas juzgadoras, podría ser la razón principal que debilite la posición del Estado en el litigio internacional, al acreditar la inexistencia de recursos efectivos en el derecho interno para la protección de derechos.

El escrito presentado ante la CIDH postuló que la reforma judicial constituye un acto ilícito internacional al utilizar el derecho interno para incumplir obligaciones en materia de derechos humanos, particularmente en lo relativo a independencia judicial, derechos laborales, igualdad y no discriminación, integridad electoral y estado de derecho. Asimismo, señala que la reforma, con su sola entrada en vigor, eliminó el modelo de carrera judicial construido durante décadas y provocó el cese masivo de personas juzgadoras —estimado en al menos seis mil casos— sin procedimientos que garantizaran debido proceso, derecho de audiencia o defensa.

La petición también subraya impactos diferenciados, particularmente en mujeres juzgadoras, cuyas trayectorias profesionales —construidas en un contexto de desigualdad— se vieron abruptamente interrumpidas.

Adicionalmente, se denuncia la construcción de un discurso de odio contra todas las personas integrantes del Poder Judicial, así como la implementación de un nuevo modelo de elección judicial que, según los peticionarios, no cumple con estándares internacionales en materia de independencia judicial, ni de integridad electoral.

En este escenario, el caso se perfila como un litigio de alto impacto. Por ahora, el Estado mexicano ya ha sido notificado de todas estas acusaciones y deberá responder ante el sistema interamericano.

Si bien la decisión de la CIDH no implica aún un pronunciamiento que condene a México, sí representa un paso clave: la Comisión consideró que la petición cumple con los requisitos exigidos por la Convención Americana para su análisis.

No es menor en el abordaje de este caso el hecho de que el Estado mexicano haya buscado blindar la reforma judicial bajo el ropaje de una reforma constitucional; sin embargo, no sería la primera vez que el sistema interamericano declara que disposiciones constitucionales mexicanas son violatorias de derechos humanos; existen precedentes recientes que han señalado, sin ambages, la incompatibilidad de figuras constitucionalmente establecidas como la prisión preventiva oficiosa y el arraigo con los estándares internacionales de derechos humanos y el Estado mexicano ha sido condenado y le han ordenado que las expulse de su ordenamiento constitucional.

La pregunta ahora es si, en este nuevo caso, la CIDH y en su momento la Corte Interamericana, llegará a considerar que la reforma judicial también resulta incompatible con los estándares internacionales correspondientes y, eventualmente, si ordenará su modificación.

Más allá del resultado, la controversia abre un debate de fondo sobre la relación entre democracia, derechos humanos y división de poderes en México. Por su alcance y por el papel del país en la región, el caso podría convertirse en uno de los litigios más relevantes en materia de independencia judicial en el ámbito interamericano.

En suma, el emplazamiento del Estado mexicano ante la CIDH marca el inicio de un proceso que trasciende el caso individual y coloca bajo escrutinio internacional una de las transformaciones institucionales más polémicas de las últimas décadas en México. La controversia revela una tensión estructural entre decisiones políticas internas y las obligaciones internacionales del Estado, en un contexto en el que al parecer los mecanismos nacionales de control han sido ineficaces, la jurisdicción internacional se activa como último recurso frente a la alegada ausencia de protección nacional.

Ahora el Estado mexicano deberá rendir cuentas y demostrar, en el plano internacional, la validez jurídica de una reforma que ha sido duramente cuestionada por sus impactos estructurales y humanos. El desenlace del caso no solo definirá si se le atribuye o no responsabilidad internacional al Estado mexicano, además tendrá implicaciones profundas sobre el modelo de justicia en México.

Por lo pronto, la CIDH dejó abierta la invitación a los peticionarios y al Estado mexicano para buscar una solución amistosa y se puso a su disposición de las partes para ello: ¿será que al Estado mexicano le conviene más un mal arreglo que un buen pleito, como reza el dich

o de los abogados?