Ciudad de México, a 7 de agosto de 2025. Este tipo de vehículos tendrán que contar con una licencia tipo A y B, según su peso y movilidad.
Con las modificaciones hechas a los artículos 9, 12 y 64, todos de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, sienta las bases para una regulación adecuada de scooters, bicicletas eléctricas y demás vehículos de micromovilidad eléctrica, aseguró el diputado Miguel Ángel Macedo Escartín.
“Esto permitirá que las autoridades puedan establecer normas claras y efectivas sobre su uso de circulación con visiones nuevas de operación. Además dichas propuestas están alineadas con la estrategia de movilidad y seguridad vial, y participación, con el objetivo de homologar criterios y regulación de vías urbanas”, comentó.
En la sesión de la Comisión Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, el también Presidente de ésta, afirmó que la falta de normativa actual ha dado paso a situaciones de riesgo cotidiano por la circulación de estos vehículos en las banquetas, sin casco o a exceso de velocidad, poniendo en peligro constante al peatón.
Dijo que ahora este tipo de vehículos tendrán que contar con una licencia tipo A y B, según su peso y movilidad.
A la iniciativa que envío la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, se agregaron propuestas de diferentes bancadas del Congreso de la Ciudad de México, lo que nutrió la propuesta por la mandataria local.
Se prevé que el dictamen sea presentado en el próximo período extraordinario de sesiones del Congreso local para su discusión.
