• En las últimas dos décadas se registraron 28 víctimas de violencia ácida.
20.05.24. Durante el tercer año de la II Legislatura del Congreso capitalino se aprobó un dictamen presentado por Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración
y Procuración de Justicia, para modificar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal para el Distrito Federal, en materia de violencia ácida.
Al respecto, la diputada Ana Francis López Bayghen Patiño, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, informó que en México no hay cifras ni registros oficiales precisos
de ataques con ácido, sin embargo, la Fundación Carmen Sánchez, que brinda atención
a mujeres afectadas por este tipo de agresiones, lleva un registro de 28 víctimas en las
últimas dos décadas, en que el 85 por ciento de los casos, el autor intelectual fue un hombre, y de ese total, cinco de los agresores eran parejas sentimentales de la víctima
y 11 ex parejas.
La iniciativa materia del dictamen fue presentada por la diputada Marcela Fuente Castillo, quien refirió que este instrumento legislativo buscó visibilizar, tipificar, atender y
garantizar la reparación del daño, además de establecer medidas de prevención, protección y atención integral a las mujeres víctimas de ataques con ácido.
Con la aprobación del dictamen se logró reconocer la violencia ácida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, y establecer la tipificación de ataques con ácidos y otras sustancias químicas o corrosivas como un
delito en el Código Penal.
Con el objetivo de robustecer la información y las medidas de prevención y protección de estos actos, se estableció legalmente que las autoridades y el personal de los
servicios de salud correspondientes deberán llevar un registro y remitir la información y
estadísticas sobre las personas atendidas en casos de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas a las autoridades competentes.
En la redacción del Código Penal para el Distrito Federal quedó establecido que la pena
para quien cause algún daño a la integridad física o en la salud derivado de un ataque
con ácido o cualquier otro compuesto corrosivo, será de 8 a 12 años de prisión.
La pena aumentará en una mitad cuando cause deformidad en el rostro, pérdida parcial
o total del oído, vista, habla o incapacite de manera permanente para realizar actividades laborales, cause alteración o daño en el aparato genital o en las funciones del ejercicio de la sexualidad; cuando afecte, dañe, entorpezca o debilite de manera permanente una extremidad o cualquier otro órgano; cuando la víctima sea un niño, niña o adolescente; y cuando la víctima sea una persona con discapacidad.
Además, cuando las lesiones por ataques con ácido o similares sean cometidos en contra de una mujer en razón de su género, la pena establecida podrá aumentar hasta
en una mitad.
Este delito se considerará tentativa de feminicidio cuando las lesiones cometidas contra
la mujer provoquen resección parcial o total en las mamas, alteración en el aparato
genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el ejercicio de la sexualidad, y deformidad o daño físico permanente en algún órgano interno, externo o
ambos, provoque daños en extremidades, entorpezca, debilite u ocasione la pérdida
parcial o total del oído, vista, habla o incapacidad permanente para trabajar.
La diputada Fuente Castillo resaltó la urgencia de atender y avanzar en este tema, y
vincular estas agresiones como tentativa de feminicidio, al establecer el término en la ley,
y agregó que resulta fundamental la prevención y la reparación del daño.